Seis años de prisión para Ruslán Obiang por la venta ilícita del avión ATR.
El Ex director General adjunto deberá reembolsar más de 144 millones de francos CFA, a Ceiba Intercontinental.
La Audiencia Provincial de Bioko Norte ha dictado este martes sentencia en el caso de la venta ilícita del avión ATR 72-500 de Ceiba Intercontinental.
El tribunal condena a Ruslán Obiang Nsue, ex director general adjunto de la compañía, a años de prisión y multa millonaria, además de la completa devolución del dinero de la venta del avión y lo absuelve otros delitos de los que era acusado.
El caso, registrado bajo el sumario 113/2023 procedente del Juzgado de Instrucción nº 3 de Malabo, se convirtió en uno de los expedientes más mediáticos de la jurisdicción penal En 2024.
En agosto de 2024, durante las vistas orales, el propio procesado reconoció haber vendido el aparato en Canarias por 250.000 euros más de 164 millones de francos CFA. Sin embargo, solo habría ingresado en su cuenta personal la mitad del dinero, 125.000 euros unos 82 millones de francos CFA, alegando que en la cuenta oficial de la aerolínea se constaba un aviso de embargo por deudas pendientes, segurando desconocer el paradero del resto del dinero.
La fiscalía pidió en ese momento una peña de seis años de prisión, además de multas económicas, por los delitos de Abuso de poder, abuso de bienes de interés general y Malversación de caudales públicos.
Tras más poco más de un año de minuciosa deliberaciones, el tribunal ha quedado convencido de que el 21 de febrero de 2020, Ruslan Obiang Nsue firmó en Canarias, Reúno de España, el contrato de compraventa del avión, matrícula 3C-LLI. Posteriormente, recibió y depositó en su cuenta personal un cheque de 125.000 euros, realizando diversas operaciones bancarias entre 2020 y 2021, en pleno periodo de vigencia de la Ley de Prevención y Lucha contra la Corrupción en Guinea Ecuatorial.
Para el tribunal también ha quedado probado que, durante su gestión en Ceiba, el acusado manejó fondos de la compañía por un total de 144,2 millones de francos CFA cuyo destino no justificó adecuadamente.
Aunque presentó facturas y listas de gastos, el tribunal considera que no se no probaban el uso legítimo de los recursos.
En base a los hechos probados, la Audiencia Provincial condenó a Ruslán Obiang Nsue a:
Seis años y un día de prisión mayor por el delito de abuso de bienes de interés general.
El reembolso de 144,2 millones de francos CFA a Ceiba Intercontinental.
El pago de una indemnización de 14,4 millones de francos CFA y de una multa de 5 millones de francos CFA a favor del Estado.
La condena en costas procesales.
No obstante, el tribunal decretó la suspensión de la ejecución de las penas siempre que el procesado cumpla con las responsabilidades civiles impuestas.
En cuanto a los delitos de malversación de caudales públicos y abuso de funciones, el acusado resultó absuelto, dejando haciendo constar la sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Corte Suprema de Justicia.
El caso de la venta del ATR de Ceiba Intercontinental se ha convertido en un referente dentro de la lucha contra la corrupción y la mala gestión de bienes públicos en Guinea Ecuatorial.
El fallo, aunque todavía recurrible, marca un precedente jurídico y político en la gestión de empresas estatales, así como en la aplicación de la Ley Anticorrupción.